Es por ello que este Tribunal de Primera Instancia Penal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal, con sede en san Juan de los Morros, Estado Guárico, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DA POR CONCLUIDO el presente Asunto Penal, por cumplimiento de pena del Confinado DIMAS ENCARNACION ROJAS, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.296.341, a tal efecto decreta su LIBERTAD PLENA. Ofíciese lo Conducente al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica, a los fines de exclusión. Líbrese BOLETA DE EXCARCELACION Notifíquese al ciudadano Fiscal del Ministerio Público, al Defensor. Ofíciese al sitio de Reclusión. Regístrese y Publíquese. Cúmplase.