Por las razones antes expuestas, el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO y del TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando en sede Civil, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se Declara SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la parte actora Ciudadano JUAN FORTUNATO DOS SANTOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.296.136. Se declara CON LUGAR la oposición al embargo ejecutivo efectuado por la ejecutada ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO DEL ESTADO GUÁRICO y se ordena la SUSPENSIÓN de la medida ejecutiva de embargo practicada por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del estado Guárico sobre la cantidad de TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y UN BOLÍVARES CON SESENTA CÉNTIMOS (Bs. 332.561,60), de la cuenta corriente propiedad de la ejecutada, en la.....