Con apoyo a la razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Segundo de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia CIVIL, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO incoara la Abogada ROSA MARIA VERMIGLIO en su condición de Apoderada Judicial del INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA, contra el ciudadano ANTONIO HERNANDEZ, ambos identificados en autos y en consecuencia, declara RESUELTO el Contrato de Formalización de Crédito Habitacional celebrado entre ellos y CONDENA a este último a hacer entrega del inmueble totalmente desocupado y en las mismas condiciones en que le fue dado.
De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se CONDENA a la parte demandada al pago de las costas procesales.
Publíquese. Regístrese. Déjese copia autorizada.
Dada. Firmada y Sellad.....