Se declaró, Desistida, la acción de amparo constitucional interpuesta por la Defensora Pública Primera Penal, Abg. Maigualida Morgado Rueda, en la condición de representante definitiva de la imputada Maritza Coromoto Albarrán Castillo. En consecuencia, se homologa el referido desistimiento, todo ello conforme a la ley y al derecho. Se funda la decisión 26; 49 y 51 Constitucional, en concordancia con el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.