Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO ESTADAL EN FUNCIONES DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO GUARICO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE : la Encarcelación del Penado JOHAN MANUEL CANACHE MESIA, titular de la cedula de identidad Nº 18.352.701, a quien este tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico- Sede San Juan de los Morros el día día 15-05-2014 le fue Revocada la medida alternativa de Cumplimiento de Pena bajo la modalidad de REGIMEN ABIERTO en fecha 14 de Octubre de 2013 por Incumplimiento de la Misma, Debiendo terminar de cumplir la Totalidad de la Pena que le resta en la Penitenciaría General de Venezuela (PGV) , en San Juan de Los Morros. Asi se Decide. Notifíquese a las partes. Regístrese, publíquese. Cúmplase.