En consecuencia, visto como el Apoderado Judicial de la empresa demandada, en su escrito de contestación rechazó por falsa la existencia de la relación laboral invocada por el actor y por cuanto a éste último correspondía la carga de la prueba, debe este Tribunal desestimar la demanda en ausencia elementos de pruebas necesarios que demuestren plenamente la existencia de la relación laboral o hecho que sirvió de presupuesto a la obligación reclamada y así se declarará en la dispositiva del presente fallo.