Este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julian Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede a conceder los cinco días hábiles solicitados y acordados por las partes para trasladar las pertenencias personales de la parte ejecutada y de esta manera dar cabal cumplimiento a la Medida de Secuestro decretada por el Tribunal de la causa, sobre las 85 Hás que constituyen un lote de terreno ubicado en el sitio denominado el totumo de la población de Parapara del Municipio Juan German Roscio. Firman. LA JUEZ (Fdo Ilegible). ABG. IVONNE BELISARIO TOVAR. ABG EJECUTANTE (Fdo Ilegible) Ernesto Mota; EL NOTIFICADO (Fdo Ilegible) ANGEL CUSTODIO GARCIA; EL DEPOSITARIO JUDICIAL (Fdo Ilegible) ALEXIS RODRIGUEZ SARMIENTO y LA SECRETARIA (Fdo Ilegible) ABG. EVELIA RODRIGUEZ GARCIA.-