Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano OCA ROJAS JOSÉ VICENTE, ampliamente identificado, por la presunta comisión de los delitos precalificados como HOMICIDIO INTENCIONAL, en perjuicio de la ciudadana SOBEIDA MARÍA LORETO HURTADO y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES, en perjuicio de los ciudadanos SARITZA JOSEFINA RODRÍGUEZ HURTADO y GONZÁLEZ CARLOS ALBERTO; ilícitos previstos y sancionados en los artículos 405 y 413, del Código Penal, respectivamente. SEGUNDO: ACUERDA la continuación de la investigación bajo las normas del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, conformidad con el último aparte del artículo 373, del Código Orgánico Procesal .....