En fecha 03 de Marzo de 2008, se concedió plazo de tres (03) días para llegar a un convenimiento de pago entre las partes en la presente Comisión, N° 440-2008, emanado del Juzgado de Primera Instancia Civil sede Calabozo. Parte Actora: Sociedad Mercantil 13XXI C.A. Contra: Manuel Vicente Das Laranjeiras Correia.