Por las razones antes expuestas, el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, y del TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte accionante Ciudadana CARMEN SUMIRA FIGUEROA DE CONDE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.622.971, domiciliada en el sector Carlos Pérez, calle argentina Nº 24, parroquia Valle de la Pascua, Municipio Leonardo Infante del Estado Guárico. Se REVOCA el fallo de la recurrida Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de Valle de la Pascua, de fecha Doce (12) de Noviembre de 2015, se ordena la continuación del presente procedimiento considerando válidas las actuaciones realizadas por el Abogado JOSE RAFAEL CORREA ORTEGA y así se decide......