Por las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio Nº 03, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECIDE:
PRIMERO: Se decreta el decaimiento de la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad dictada por el Juzgado Tercero de Control de esta extensión Judicial en fecha 01 de mayo de 2008 al imputado de autos JUAN CARLOS RON GONZALEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 14.893.441, soltero, natural de Tucupido, Estado Guarico, con fecha de nacimiento el 12-12-79 de 28 años de edad, hijo de Maria Agustina Gómez y Juan Miguel Alonso, residenciado en la Urbanización Los Cerritos II, calle 01,casa N° B-30 de esta ciudad de Valle de la Pascua y en consecuencia se decreta se SUSTITUYA la privación judicial preventiva de libertad por una cautelar establecida en el artículo 256, ordinales 3° y 6° del Código Orgánico procesal Penal, consisten.....