Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en función de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico Extensión Calabozo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se declara sin lugar la Aprehensión en Flagrancia del ciudadano imputado MIGUEL SANTANA RODRIGUEZ RONDON, toda vez que si en el supuesto que fuere decretada la Flagrancia se debe continuar el proceso bajo las reglas del Procedimiento abreviado, siendo así sostenido por nuestro Máximo Tribunal en sala Constitucional, quedando asentado que es obligatorio el seguimiento del procedimiento especial abreviado, luego de que el Juez de Control califique como Flagrante el delito atribuido al imputado, Sentencia N° 266 de fecha 15 de febrero del 2007, con ponencia del Magistrado Pedro Rondón Hazz, pero en el presente caso la representación Fiscal solicitó la aplic.....