ESTE TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO GUARICO, EXTENSION CALABOZO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. UNICO: ACUERDA otorgar a la Fiscalia quinta del Ministerio Público, la Prorroga solicitada para la presentación y consignación del acto conclusivos, dicha prorroga se otorga por un plazo de quince (15) días venciéndose 20-06-2011, todo de conformidad de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.