Por los razonamientos anteriormente expuestos este JUZGADO DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de rectificación del Acta de Nacimiento de la ciudadana WENDI NOEMI GUEVARA MOSEO, inserta en los libros de Registro Civil de Nacimientos, llevados por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Macarao, Municipio Libertador del Distrito Capital, según acta Nº 442, Folio 221 vto, año 1977. En consecuencia, se ordena la rectificación solicitada, en los siguientes términos: donde dice "en La Clínica Los Samanes Estado Miranda", debe decir "en la Clínica Los Samanes, Chacao Distrito Sucre, del Estado Miranda", que es lo CORRECTO, y para ello se ordena remitir copia certificada de la solicitud y de la presente decisión, a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Macarao,.....