En consecuencia, y con fundamento en el análisis tanto de los hechos alegados por las partes como en el derecho que sustenta esta materia, este Tribunal declara Con Lugar la presente solicitud y ordena:
Primero: Que la obligación alimentaria de los menores YOANGEL ALBERTO Y FERNANDA DE LOS ÁNGELES CHIRINOS PUNCHILUPPY, sea aumentado al equivalente a un medio salario mínimo urbano nacional, es decir, a la cantidad de Doscientos Dos Mil Quinientos Bolívares (Bs. 202.500,00), mensuales, que deberá cancelar el padre YOANGEL CHIRINOS GOITIA, identificado en autos, los cuales serán depositados en una cuenta de ahorros que el Tribunal ordenará aperturar en la agencia del Banco Canarias de Venezuela de Altagracia de Orituco, Estado Guárico.
Segundo: Que a mediados de los meses de Septiembre y Diciembre, el monto por este concepto sea por la cantidad equivalente a uno y medio salario mínimo urbano nacional, depositado igualmente en la cuenta que el Tribunal ordenó aperturar en el punto Prim.....