El tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Separación de Cuerpos y Bienes en Divorcio, y en consecuencia DISUELTO el vinculo matrimonial existente entre los ciudadanos: JUAN CARLOS FERNANDEZ VASQUEZ y GLORIA MERCEDES MENESES MOYA, ya identificados de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil, en su primer aparte, el cual contrajeron por ante Registro Civil de la Parroquia Parapara, Municipio Juan Germán Roscio del Estado Guárico, como se evidencia de copia certificada del acta de matrimonio N° 03, que riela al folio seis (06) de la presente solicitud.
Remítase copia a las autoridades civiles competentes.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la anterior sentencia.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del .....