... Este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: Decide: Decreta: El Sobreseimiento de la Presente Causa, por la presunta comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el encabezado del articulo 464 del Código Penal, a favor de los ciudadanos JUAN ECHENDIA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.144.807 y AMELIA URRUTIA DE ECHENDIA, venezolana, natural de Caracas, Distrito Federal, de 43 años de edad, nacida el 19-05-956, casada, urbanista, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.814.657, ambos residenciados en la Avenida Arístides Calvani, Conjunto Residencial ¿Mi Goarimba¿, quinta N° 15, Los Chorros, Caracas, Distrito Federal, en virtud de que la acción se encuentra evidentemente prescrita de conformidad con lo establecido en el artículo 108 ordinal 5º del Código Penal en relación con el art.....