D I S P O S I T I V A
Es por lo que este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando en su competencia CIVIL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, y la consecuente EXTINCIÓN del presente procedimiento por INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS OCASIONADOS EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO, incoada por los abogados WILLIAMS ALBREY MORA Y CARMELO EDUARDO LÓPEZ CORTEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-V-4.998.646 y 10.274.127 respectivamente, e inscritos en el Inpre-Abogado bajo el nro. 56.368 y 216.044, actuando en representación del ciudadano LUIS ALBERTO BEJAS LAMUÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.976.761, domiciliado en la ciudad de San Fernando estado Apure, intentado contra el ciudadano FÉLIX MANUEL HERRERA TELLO, venezolana,.....