Este monto alimentario deberá ajustarse en forma automática anualmente, teniendo en cuenta la tasa de inflación determinada en los índices del Banco Central de Venezuela, pero siempre dentro de los parámetros establecidos, es decir las necesidades de la adolescente y la niña, tomando en cuenta la capacidad económica del obligado.
Asimismo, el Tribunal ordenó para asegurar el cumplimiento de la obligación de manutención de la adolescente y la niña, que en caso de retiro del ciudadano ONAYER ONAYID BLANCO TERAN, se le retenga de sus prestaciones sociales el Treinta por ciento (30%) que hayan de corresponderle y cualquier otro crédito del que sea acreedor, y el mismo será depositado directamente por la empresa en la Cuenta de Ahorro Nº 1750080550061789178 a nombre de la madre de la adolescente y la niña, y como complemento de la obligación de manutención, deberá ser incluidas la adolescente y la niña en todos los beneficios que otorga la empresa a los hijos de sus trabajadores.
En su o.....