Se declara Con Lugar la solicitud formulada por el Ministerio Público, por lo que se Decreta el Sobreseimiento Provisional de la Causa que se le sigue al Ciudadano JOHAN RAFAEL MELO quien es venezolano, mayor de edad, soltero, adolescente para el momento del inicio de la investigación, natural de Altagracia de Orituco donde nació en fecha 18/07/1983, hijo de María Alejandra Melo y de padre desconocido, titular de la Cédula de identidad Nº 16.236.634 y con domicilio en la Calle Bolívar al final de la ciudad de Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico y en consecuencia procede la suspensión temporal del presente proceso o se impide su continuación por el lapso de Un año, trascurrido el cual, el Juez de control de oficio o a solicitud de parte deberá decretar el correspondiente Sobreseimiento Definitivo, todo de conformidad con lo establecido en el Literal "e" del Artículo 561 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordanci.....