Con mérito en los argumentos anteriores, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico Extensión Calabozo, en ejercicio de la potestad de administrar justicia que emana de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República y por autoridad de la ley DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, y condena a el ciudadano LUIS ANTONIO CONTRERAS, demandada en el presente juicio, pagar a la demandante, ciudadana EVELIN AMADA VAZQUEZ CHAVEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de identidad Nº V-13.482.575, los siguientes conceptos: PRESTACION DE ANTIGUEDAD la suma de BOLIVARES DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON TREINTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 2.289,39). Y así se establece. VACACIONES Y BONO VACACIONAL la suma de SETECIENTOS OCHO CON CUARENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 708,47) VACACIONES Y BONO VACACIONAL FRACCIONADOS, la suma de DOSCIENTOS VEINTITRES CON OC.....