Con mérito en los argumentos anteriores, este Juzgado Octavo de Sustanciacion, Mediación y Ejecucion del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico (sede Calabozo), en ejercicio de la potestad de administrar justicia que emana de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República y por autoridad de la ley DECLARA:
PRIMERO. SE HOMOLOGA el convenio transaccional que suscribieron JOSE LUIS LADERA CORTEZ, y la empresa AGROSERVICIOS TRABUCCO, C.A., plenamente identificados en autos y le da efecto de cosa juzgada con fuerza de ley entre las partes.
SEGUNDO. SE DA POR CONCLUIDO este asunto y se ordena su archivo definitivo una vez conste en autos el pago.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Sustanciacion, Mediación y Ejecucion del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico (sede Calabozo), a los cuatro (04) días del mes de marzo de dos mil diez. Años: 199 de la Independ.....