Partes: Johnny José Romero Rojas, venezolano mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 13.237.478, en contra de las empresas Top Shop Sonido y Video, C.A., y Galaxy Entertainment de Venezuela, C.A.
Decisión: Por lo antes expuesto este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR LA DEMANDADA, en el Juicio por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, incoado por el ciudadano JOHNNY JOSÉ ROMERO ROJAS, en contra de la empresa TOP SHOP SONIDO Y VIDEO, C.A. SEGUNDO: SIN LUGAR LA DEMANDA, incoada por el ciudadano JOHNNY JOSÉ ROMERO ROJAS, en contra de la empresa GALAXY ENTERTAINMENT DE VENEZUELA, C.A. Y así se decide.