Este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. Declaro: PRIMERO: LA INCOMPETENCIA POR EL TERRITORIO para conocer de la presente causa. SEGUNDO: SE ORDENA remitir el presente expediente original al Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en virtud de la incompetencia por el Territorio declarada.TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión no hubo condenatoria en costas.