DISPOSITIVA: Con fuerza en la motivación que antecede, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en los artículos 374, 424, 427, 428 y 439, todos del Código Orgánico Procesal Penal, se admite el presente recurso de apelación. SEGUNDO: Declara con lugar el recurso de apelación que interpusiera el abogado Ronny Caro, Fiscal de Flagrancias del Ministerio Público del Estado Guárico, en contra del dispositivo de la decisión dictada en la audiencia de presentación de detenidos, de fecha 29 de marzo de 2017, del Juzgado Tercero (3º) de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, que acordó medida cautelar sustitutiva a los ciudadanos Francisco Javier Hernández Cedeño, Joel Antonio García Gamarra y Yeison José Pacheco Rengifo, de conformidad con los numerales 3, 6 y 9 del artículo 2.....