Con apoyo a las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Segundo de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia CIVIL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE OBLIGACION, intentó el ciudadano LUIS EDUARDO SILVA VARGAS, asistido por el abogado LUIS ERNESTO TORO VALERA, contra los ciudadanos MARISOL PEREZ y CESAR AUGUSTO VELIZ FERRER, y como consecuencia de ello se CONDENA a otorgarle el respectivo documento de venta por ante la Oficina Subalterna del Registro Inmobiliario de esta ciudad de San Juan de los Morros, estado Guarico, que consiste en un terreno y las bienechurias sobre el construidas, ubicadas en el Callejón La Florida del Barrio el Mahomo de esta ciudad de San Juan de los Morros, Estado Guárico, la cual se ordena.-
Publíquese. Regístrese. Déjese copia autorizada.
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