III
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICIÓN de la abogada Esmeralda Ramírez, Juez Segundo de Juicio de Primera Instancia de este Circuito Judicial Penal, San Juan de Los Morros, en lo asunto penal Nº JP01-P-2009-003570, seguido a los ciudadanos LUIS AUGUSTO PAEZ OROZCO, ANA JOSEFINA PADILLA APONTE Y RAILER RAMON ROJAS ALAGARES; todo ello de conformidad a lo establecido en los artículos 86 numeral 8º del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, déjese copia de la presente decisión y remítase de forma inmediata al Tribunal de origen. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones en lo Penal de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, en San Juan de los Morros, a los 04 días del mes de.....