Dispositiva
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 449 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que Corte de Apelaciones Declara:
Primero: Sin Lugar los Recursos de Apelaciones de Autos con Fuerza Definitiva interpuestos por la Abg. Tibisay Mendoza Parra, en su carácter de Fiscal Vigésima Primera del Ministerio Público del Estado Guárico y por el ciudadano Pedro Martín Álvarez Seminario, en su condición de victima debidamente asistido por la Abogada Francis Elena González Barrios; en contra de la decisión publicada en su texto integro en fecha 19/11/2013, por el Tribunal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, San Juan de los Morros.
Segundo: Se Confirma en todas y cada una de sus partes l.....