Este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en e nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar la recusación propuesta contra el juez retasador abogado, Jesús Elías Jaramillo, conforme al artículo 82, ordinal 4° del Código de Procedimiento Civil.