SE DECLARO CON LUGAR la Inhibición de la Jueza Superior Abogada YAJAIRA MARGARITA MORA BRAVO, para seguir conociendo de la causa JP01-R-2008-000032, de la nomenclatura particular de esta Superior Alzada. Todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 86 numeral 8°, 90, 94 y 95 del Código Orgánico Procesal Penal y en relación con el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.