DECLINA EL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA PENAL, en el Tribunal de Primera Instancia en función de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Apure. Sede San Fernando de Apure, en virtud que el ciudadano ALIX RAMÓN COLMENARES, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-9.599.045, se encuentra solicitado según por ese Tribunal Segundo de Control, según Oficio Nº 2C-2800-07, de fecha 12-11-2007 por la presunta comisión de uno de los delitos previstos y sancionados en la Ley de Protección a la Mujer a una Vida Libre de Violencia. En consecuencia, se ordena la remisión de las presentes actuaciones y el traslado inmediato del ciudadano ALIX RAMÓN COLMENARES, titular de la cédula de identidad Nº V-9.599.045, por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. Sub-Delegación Calabozo, todo ello de conformidad a lo previsto a los artículos 57, 61 y 77 todos del Código Orgánico Procesal Penal.