´PRIMERO: declarar CON LUGAR la pretensión de DESALOJO (LOCAL COMERCIAL) interpuesta por la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA 1026 C.A., contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES HEBRECA C.A., plenamente identificadas en el encabezado del presente fallo.
SEGUNDO: como consecuencia de la anterior declaración, CONDENA a la Sociedad Mercantil INVERSIONES HEBRECA C.A., en la persona de su Director ciudadano EDGAR RAFAEL BREA LANDAETA, a que haga entrega material, real y efectiva, libre de personas y bienes, a la parte actora, del bien inmueble objeto del contrato, que versa sobre un local comercial identificado con el Nº 4, BOUL/CAP, situado en el Centro Comercial Bello Campo, Manzana D, Municipio Chacao del Estado Miranda.´