Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. PRIMERO: Declara la Conversión de la Separación de Cuerpos en Divorcio, de los ciudadanos: EUSMAR DEL ROSARIO MONTOYA BLANCO y LEROY GUILLERMO ROMERO NARANJO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 15.811.315 y 17.602.625, respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio LUISA JACQUELINE RAMOS CERRAMERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 224.191. SEGUNDO: Se declara Disuelto el Vinculo Matrimonial que los unía, según consta del Acta de Matrimonio Nº Nº 425, tomo I, Folio 175 Fte. .....