Por todos los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, extensión Calabozo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley ACUERDA conceder el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, a JOSÉ GREGORIO ALAS PÉREZ, venezolano, titular del cédula de identidad Nº V-14.539.838, natural de Cazorla, estado Guárico, nacido el 21 de mayo de 1980, de 30 años de edad, soltero, sin ocupación, hijo de Gladys de Alas y Omar Alas, domiciliado en Urbanización Madre Teresa de Calcuta calle principal, casa Nº TA-19 de esta ciudad de Calabozo, estado Guárico, por el lapso que le falta por cumplir de la pena impuesta, es decir, ocho (8) meses y veinte (20) días, teniendo como fecha de cumplimiento definitivo el 23/4/2011; de conformidad con lo establecido en los artículos 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 479, 493 y 494.....