De igual manera y según lo dispuesto en el único aparte del artículo 71 del Código de Procedimiento Civil, se ordena continuar con el curso de Ley, acordándose por tal motivo notificar nuevamente al Defensor Ad-litem de la demandada designado en la presente causa, abogado JOSE LUIS D¿SILVA, a los fines de que comparezca por ante este Juzgado al segundo día de despacho siguiente a aquel en el cual conste en autos su notificación, para
que de su aceptación o excusa sobre el cargo designado y en el primero de los casos a prestar el juramento de Ley.