Con fundamento en las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio José Félix Ribas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia Civil y de menores, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la demanda incoada por la ciudadana : AIDA JOSEFINA PURO MENDEZ, representación de sus hijos: XXXXXXXXXXXXXX y XXXXXXXXXXX, en contra del padre de los niños ciudadano: ABELARDO RAFAEL SANTAELLA IZQUIEL , con motivo del juicio de FIJACIÓN DE OBLIGACION DE MANUTENCION, por tanto la suma establecida es la cantidad DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE BOLIVARES (Bs. 257,00), que es el monto equivalente al 20% del salario mínimo Nacional Urbano, que está establecido en la cantidad de MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES BOLIVARES CON OCHENTA Y NUEVE CENTIMOS ( Bs 1283,89), que deberá el demandado ya identificado suministrar a sus hijos identificadas en autos, por mensualidad adelantada. Igu.....