DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Guarico, en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
UNICO: Se declara INCOMPETENTE, para el conocimiento de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado JHONNY RAMÒN GOTA MONCADA, en su carácter de Defensor Privado y representante del presunto agraviado JOAN ANTONIO GOTA MORGADO; por contrario argumento del artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales; y por lo tanto DECLINA su conocimiento en el TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA en su SALA CONSTITUCIONAL, de conformidad con lo previsto en el artículo 336 numeral 10 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 25 numeral 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos.....