Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo y Régimen Procesal Transitorio del Estado Guárico con sede en la ciudad de Valle de la Pascua dando cumplimiento a la disposición legal antes citada y por cuanto se evidencia en autos que coinciden los supuestos de hechos de la norma con el ámbito de la competencia territorial que tiene este Juzgado, NO DECLINA LA COMPETENCIA POR EL TERRITORIO y en su lugar mantiene su competencia, declarando IMPROCEDENTE la solicitud propuesta por el profesional del derecho, ciudadano ALBERT JOSEPH MAZZA ESCALANTE, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.-17.685.803 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 125.407, en su carácter de coapoderado judicial de la empresa CORPORACIÓN DE ABASTECIMIENTOS Y SERVICIOS AGRÍCOLAS, S.A. (CASA). Remítase mediante oficio a la Unid.....