Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre del República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la demanda por DESALOJO, interpuesta por el abogado en ejercicio JOSE LUIS DA SILVA RUIZ, en su carácter de Co-Apoderado Judicial de la empresa mercantil POLLO LOCO C.A., contra el ciudadano ANTONIO JOSE HERNANDEZ, ambos plenamente identificados en los autos