Por los razonamientos anteriormente expresados, este Tribunal de PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, en su competencia CIVIL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO propuesta por la ciudadana FLOR VITELIA BERMUDEZ PEREZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 88.150.302 y de este domicilio, contra el ciudadano DARWIN JOSE FIGUEROA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.538.510, de este domicilio, con fundamento en la causal segunda (2da) del Artículo 185 del Código Civil Venezolano Vigente, quedando en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por ellos en fecha 31 de Mayo del año 2.007, según consta copia certificada del Acta de Matrimonio N° 113, folios 298, 299, cursante a los autos, emanada de la Junta Parroquial de El .....