Por todo lo antes expuesto, este juzgado del Municipio José Félix Ribas de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, Administrando Justicia, actuando en competencia Civil y Mercantil, en nombre e la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide: declarar CON LUGAR, la demanda con motivo de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, intentada por el Abogado MANUEL GONZALEZ PEREZ, quien actùa en nombre y representación del ciudadano: CAYETANO EMILIO GUILLEN ARMAS, en contra del ciudadano JOSE CARMELO GAROFALO D`ANGELO, ( ambas partes identificadas en autos).-
Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida, de conformidad con lo establecido en el Articulo 274 del Código de Procedimiento Civil.-
Notifíquese a las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la última parte del artículo 233 ejusdem.-