SE CONFIRMA, la sentencia dictada por el Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Guárico, de fecha veintitres (23) de febrero de dos mil dieciocho (2018) que declaro PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda interpuesta por el ciudadano, Juan Salvador Hernandez Alvarez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.667.554, contra la Entidad de Trabajo "Talleres la Unidad de Bienes y Servicios" Adscrito al Ministerio del Poder Popular para el Transporte Terrestre, en consecuencia se condena a la demandada a pagar a favor del trabajador la cantidad de CUATRO CON NOVENTA Y DOS CENTIMOS BOLIVARES SOBERANOS (BsS 4,92) por la indemnización establecida en el artículo 130 de la LOPCYMAT y de QUINIENTOS MIL BOLIVARES SOBERANOS (BsS. 500.000,00) por daño moral.