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Por todos los razonamientos anotados, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la demanda de cobro de bolívares vía intimatoria interpuesta por el ciudadano ANGEL RAFAEL JARAMILLO contra los ciudadanos SANTOS CASTILLO y HUGO CASTILLO, todos identificados con anterioridad. Como consecuencia, se suspende y deja sin efecto la medida de prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha 17 de Diciembre de 1.996 por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial, que conoció inicialmente de este procedimiento, sobre los siguientes bienes inmuebles: 1) Los derechos adquiridos por el ciudadano SANTOS CASTILLO, en un inmueble identificado así: Un derecho de terreno de aproximadamente DOSCIENTAS HECTAREAS .....