Por todos los razonamientos  anteriormente expuestos este Juzgado Quinto  de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo  de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de Valle de la Pascua,  en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley  DECLARA CON LUGAR la demanda intentada  por el ciudadano JAIRO ROLANDO DURANT RAMOS,   Venezolano, mayor  de edad,  fecha de nacimiento: 13-09-1.963,   y  titular de la  cédula  de Identidad número  V.-8.573.336, debidamente representado por la  profesional del derecho, ciudadana   ERAIDA MIREYA CAMPOS HERNÁNDEZ,  Venezolana, mayor de edad,  titular de la cédula de Identidad número V.-13.513.558  e  inscrita  en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo  el  número 42.100,   en su carácter de abogada asistente,   con domicilio procesal en la calle Miranda, número 38, Quinta Mis Delicias, frente a la Plaza El Sol,  Tucupido, estado Guárico,  y condena a pagar  a.....