este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio José Félix Ribas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia Civil y de Menores, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la demanda incoada por la Ciudadana: DAYANA CAROLINA GONZALEZ LOPEZ, en representación de su menor hijo XXXXXXXXXXXXX con motivo del Juicio de AUMENTO DE FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en consecuencia de conformidad con lo establecido en el Artículo 8 y 365 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tanto la suma establecida como Obligación de Manutención monto a la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,00) mensual, que deberá el demandado identificado suministrar a su menor hijo, también identificados, por mensualidad adelantada.- Igualmente el demandado, Ciudadano: ROMIER JOSÉ QUARTUCCIO PADRINO, debe cancelar la mitad de los gastos relativ.....