DISPOSITIVA:
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECLARA: FIRME EL DECRETO INTIMATORIO, dictado en fecha 07 de marzo de de 2008 y en consecuencia se condena al demandado al pago de la suma de VEINTIDOS MIL CUATROCIENTOS TRECE BOLÍVARES FUERTE CON DIECINUEVE CENTIMOS (Bs.F. 22.413,19) monto contenido en las letras de cambio acompañado a la demanda más la cantidad de CINCO MIL SEISCIENTOS TRES BOLIVARES FUERTE CON CENTIMOS (Bs.F. 5.603,30) por concepto de las costas prudencialmente calculadas por el Tribunal en Un 25% del valor de la demanda.
Notifíquese a las partes de la presente decisión de conformidad con los artículos
233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en a S.....