En consecuencia y vista la manifiesta resistencia del procesado de someterse a la acción de la justicia y a los efectos de la reanudación del proceso; y en fuerza de las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en Función de Juicio N° 01 del Circuito Judicial del Estado Guárico, Extensión Calabozo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 262 y 46 ambos del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano NELSON JOSÉ CUENCAS JIMÉNEZ, quien dijo ser venezolano, titular de la cédula de identidad 11.793.808, hijo de los ciudadanos Maria del Socorro Cuencas y Nicolás Jiménez, natural de San Frenado de Apure nacido el 06/06/1975, domiciliado en la Urbanización Cañafístola, Sector 01, calle Principal al frente de Bodega Maracay, casa de color Verde, de 33 años de edad; por la comisión del delito de HUR.....