DISPOSITIVA
Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACORDO MEDIDA DE PROTECCIÓN a favor de la ciudadana: LESLIE CAROLINA CORADO LEDEZMA, titular de la cedula de identidad Nº 13.151.744, domiciliada en la Urbanización Paso Real, Edificio Catabao I, piso 1, apartamento 1-2, de esta ciudad y con domicilio procesal en Av. Rómulo Gallegos, Edificio Sede Principal del Ministerio Publico, piso 1, San Juan de los Morros, siendo extensible a su grupo familiar, por un lapso de noventa (90) días continuos, prorrogables a solicitud del Fiscal del Ministerio Público, siempre y cuando se justifique la misma, a través de los diferentes órganos de Seguridad del Estado, por su lugar de residencia, todo guiado a preservar su integridad y seguridad física y la de su familia, las condiciones hasta donde se extienda la presente medida será mediant.....