PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la parte solicitante, Ciudadano ACHJIE GEBRAIL, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº. 24.233.259, domiciliado en ciudad de Altagracia de Orituco, estado Guárico. Se CONFIRMA el fallo de la recurrida, Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaríbe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de Altagracia de Orituco, de fecha 25 de Mayo del año 2015, única y exclusivamente en haber suspendido el proceso y haber remitido el expediente a la Sala Político Administrativa para que decida la cuestión de falta de jurisdicción, y así se decide.