.III.
DISPOSITIVA
Revisado y analizada la pretensión de la parte actora y las excepciones de la parte demandada y vista el razonamiento anterior, el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la acción de NULIDAD DE TRANSACCIÓN JUDICIAL interpuesta por la parte Actora recurrente MANUEL EDUARDO COLS CASTILLO, venezolano, mayor de edad, casado, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº V- 6.319.171, a través de su apoderado judicial Abogado OCTAVIO RAFAEL CAMERO SOJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.116.300, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 68.992, domiciliado en la Ciudad de San Juan de los Morros, Estado Guárico, en contra de INVERCEN C.A. Sociedad de Comercio inscrita en el Registro Mercanti.....